Monterrey.- El 27 de enero entró en vigor un tope
salarial en las pensiones que reduce al 60 por ciento el monto que recibirá un
pensionado bajo la legislación previa a 1997, avalado por la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN); un día después; sin embargo, el tema de las
pensiones no figuró entre los asuntos que el Presidente, Andrés Manuel López
Obrador, abordó en la conferencia matutina, como sí lo hizo la promoción de la
rifa del avión presidencial.
De acuerdo a un documento publicado
en el Semanario Judicial de la Federación, la jurisprudencia sobre este tema,
que fue aprobada el pasado 24 de enero por la Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) significa que aunque antes un trabajador podía aspirar a obtener
una pensión de hasta 92 mil 415 pesos mensuales, ahora tendrá asignado un
límite de 36 mil 966 pesos mensuales.
En la publicación del Semanario
Judicial se puede leer lo siguiente: "El salario promedio de las últimas
250 semanas de cotización, base para cuantificar las pensiones por invalidez,
vejez y cesantía en edad avanzada, tiene como límite superior el equivalente a
10 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, acorde con
el segundo párrafo del artículo 33 de la Ley relativa vigente hasta el 30 de
junio de 1997", detalla.
Para todos aquellos trabajadores que
comenzaron a cotizar ante el IMSS antes de la entrada en vigor de las Afores
(1997), la Ley contemplaba dos opciones: pensionarse mediante este nuevo
sistema o acogerse a la LSS 1973.
Y esta última alternativa indica que
el monto de la pensión se calcularía en base a "tope" de hasta 25
veces el salario mínimo (123.22 pesos diarios), al multiplicarse por 30 días,
se traduciría en pensiones de hasta 92 mil 415 pesos mensuales.
LE PONEN CANDADO
El gobierno de AMLO presentó una
tesis de jurisprudencia ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para
que todos los juicios que pretendan establecer el tope de pensiones en 25
salarios mínimos sean desechados y tengan como límite 10 salarios mínimos como
máximo, lo que aplicaría a todos aquellos trabajadores que cotizaban antes de
1997.
Esta decisión por parte de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación fue aprobada por la Segunda Sala del Tribunal el
pasado 13 de noviembre del 2019, sin embargo fue publicada en el Semanario
Judicial de la Federación el pasado 24 de enero del 2020, para entrar en vigor
a partir del pasado lunes 27 de enero del presente año.
Según información por parte del Banco
Interamericano de Desarrollo (BID), seguir con el modelo de tope de salarios
mínimos en 25 y no en 10 como se tiene ahora, representaría una carga fiscal
con el sistema de pensiones hasta el año 2080.
A este grupo de trabajadores, que
equivale a 20 millones de personas, el Congreso Federal les ha dejado dos
opciones al momento de su retiro, la primera de ellas es obtener su pensión con
lo que se logró juntar en su Afore o pedir una pensión al IMSS a cargo del
erario público.
No hay comentarios:
Publicar un comentario